ATES ha vuelto ha presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, esta vez por el cambio unilateral de la fecha de abono de las nominas de los trabajadores.

El Estatuto de Los Trabajadores en su articulo 29 establece que “La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes”.

Basándonos en este articulo podemos indicar que la legislación no establece un día concreto de pago, sino que éste debe realizarse según lo acordado entre el empresario y los trabajadores, o la costumbre y lugar habitual. También debe abonarse de forma regular, por lo tanto una vez pactado la forma de pago esta debe de realizarse siempre de la misma manera.

La dirección de Loomis de forma unilateral, ha pasado de pagar el día 28-29 de cada mes, a pagar el 2-3 del siguiente sin contar ni con la representación de los trabajadores ni con los propios trabajadores.

Este cambio unilateral por parte de la dirección de Loomis está provocando que muchos compañeros y compañeras tengan serios problemas con sus respectivos bancos, hipotecas, etc. y así lo ha denunciado ATES.